FILMA EN COLOMBIA CON LA ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES DEL CINE EN COLOMBIA

la Asociación Colombiana de Cinematografía y Artes Audiovisuales esta integrada por profesionales en todas las áreas de todos los departamentos en que se divide una producción cinematografica

PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA HACER PARTE DE LA A.C.C.A.A.

PRIMERO. TENGA ENCUENTA QUIENES PUEDEN VINCULARSE: Solo trabajadores de amplia y reconocida experiencia nacionales o extranjeros que trabajen en el medio cinematográfico y las artes audiovisuales dentro o fuera del país, los extranjeros no nacionalizados deben cumplir con el siguiente procedimiento: Que la agremiación de su país suscriba convenio con la A.C.C.A.A. y en todo caso, cumpla con los requisitos de ley para permanecer en nuestro país, ya que somos defensores de la constitución colombiana.

SEGUNDO HABER LEIDO LOS ESTATUTOS: Lo cual debe mencionar en la carta de solicitud si aun no ha leído los estatutos remítase a la página correspondiente o haga clik aquí
  
TERCERO PRESENTAR SOLICITUD A LA A.C.C.A.A.: Mencionando el deseo de hacer parte de la ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CINEMATOGRAFIA Y ARTES AUDIOVISUALES A.C.C.A.A.  y que ha leído, entendido y acata la totalidad de lo consignado en los estatutos, y una presentación corta de su actividad e información de contacto. Enviar la solicitud al correo ASOCIACIONCOLOBIANADECINE@GMAIL.COM

 CUARTO CERTIFICADOS: Ser presentado por un socio activo de la Asociación. Encaso de no conocer algún socio que de fe de su quehacer y honorabilidad podrá adjuntar certificados en los que conste su desempeño, referencias y aquellos que se le soliciten 

QUINTO LA ACEPTACIÓN: El consejo de administración, estudiara la solicitud de vinculación, verificara los datos aportados por el solicitante y podrá pedir referencias a la persona o entidad que lo considere además de someter al candidato a pruebas de conocimientos de acuerdo al área para la cual presente su solicitud de vinculación, con el fin de corroborar sus conocimientos de acuerdo con los estatutos. y resolverá la aceptación

SEXTO REGISTRO Y COMPROMISOS: una vez el consejo acepte al solicitante este deberá firmar el Libro de Registro de Socios, pagar la cuota de asociación y otras estipuladas por la asociación. 

SÉPTIMO UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD: El interesado cuya solicitud hubiere sido rechazada, podrá presentarla nuevamente, transcurrido un año de la fecha de la resolución de rechazo

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